El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que obliga al etiquetado braille de los bienes y productos de consumo, que entrará en vigor mañana.

Esta nueva Ley, a instancias del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que lo planteó en el Senado, y así fue asumido por los grupos políticos, incorpora una disposición adicional sobre etiquetado inclusivo, que establece que “el Gobierno, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, desarrollará

reglamentariamente un etiquetado en alfabeto braille, así como en otros formatos que garanticen la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables”.

Llega así al ordenamiento jurídico por vez primera el deber de incluir el braille al etiquetado de productos de consumo, para lo cual el Gobierno deberá aprobar un real decreto de desarrollo, en el que se determinarán el tipo de bienes afectados y las condiciones en que deberá efectuarse, todo ello en el plazo de un año desde la entrada en vigor.

Para elaborar el proyecto de real decreto que ordena la Ley, el ministerio de Consumo y el CERMI, con la participación de la ONCE, van a constituir un grupo de trabajo que avance en la preparación de la norma reglamentaria.

Fuente: https://www.cermi.es/es/actualidad/noticias/el-boe-publica-la-ley-que-obliga-al-etiquetado-braille-de-los-bienes-y-productos

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