El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda la reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) que declara, por entre otras razones, discriminación por motivos de discapacidad la no realización de ajustes razonables solicitados por un empleado público con discapacidad que presentaba síndrome de Asperger.

El TC concede así amparo al trabajador con discapacidad y declara que el trato recibido por el empleador (el Ministerio de Justicia) constituye discriminación por razones de discapacidad al no haber este atendido la petición de llevar a cabo ajustes razonables en su puesto y entorno laborales a fin de poder desarrollar regularmente su cometido profesional.

El pronunciamiento del tribunal de garantías constitucionales es categórico en la apreciación de la discriminación y el trato desigual asociado a una situación de discapacidad, y acoge y respalda plenamente la institución de los ajustes razonables, como obligación del empleador y como violación del derecho fundamental a la igualdad cuando no se realizan, siendo procedentes.

La sentencia introduce de modo claro en el acervo de la jurisprudencia constitucional los ajustes razonables, lo que proporcionará herramientas de defensa contra la discriminación para futuras situaciones en las que puedan encontrarse empleados con discapacidad cuando pidan la realización de acomodos razonables.

Fuente: https://www.cermi.es/es/actualidad/noticias/el-cermi-saluda-la-sentencia-del-tribunal-constitucional-que-declara-como

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