La asimilación legal ente situaciones de incapacidad permanente de Seguridad Social y grado mínimo de discapacidad del 33 por 100 a efectos laborales, estará vigente a partir de mañana jueves, 2 de marzo, tras la publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que restaura esta equiparación.
Se recupera así, gracias a la acción de propuesta e incidencia políticas y legislativas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), una asimilación legal aprobada en el año 2003 pero que por una serie de sentencias del Tribunal Supremo de 2018, por motivos técnicos, desapareció del ordenamiento jurídico en ese año.
El Cermi destacó que la restauración de esta pasarela entre situaciones de incapacidad de Seguridad Social (y clases pasivas) y discapacidad del 33 por 100 en lo relativo a las medidas de acción positiva de la inclusión laboral, favorecerá el acceso y la permanencia en el empleo de las personas trabajadoras que adquieren una discapacidad estando activas laboralmente, evitando su expulsión del mercado de trabajo.
“Se cumplen así los mandatos del artículo 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, que obliga a los Estados partes, entre ellos España, a proteger en el ámbito del empleo los derechos de las personas con discapacidad sobrevenida”, explicó.