Las estadísticas oficiales del Poder Judicial sobre violencia de género tendrán que recopilarse y ofrecerse desagregando los datos por la variable de discapacidad, lo que permitirá contar con una información exacta de los casos en los que se vean involucradas víctimas que sean mujeres y niñas con discapacidad.
Así se establece en el proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para la implantación de los Tribunales de Instancia y las Oficinas de Justicia en los municipios, aprobado la semana pasada por el Consejo de Ministros, y que ha entrado en el Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.
La incorporación de esta previsión en la iniciativa legislativa obedece a una propuesta de la Fundación Cermi Mujeres en la fase de elaboración de la futura norma, que ha sido atendida por el Ministerio de Justicia.
En concreto, el proyecto de ley, mediante una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone que “la información estadística obtenida en aplicación de este artículo deberá poder desagregarse con un indicador de discapacidad de las víctimas”.
Además, extiende esta información diferenciada a los menores, al prever que “igualmente, permitirá establecer un registro estadístico de las menores víctimas de violencia de género, que permita también la desagregación con indicador de discapacidad.”
Fuente: SERVIMEDIA